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Comunicado cerco de vigilancia, palacio legislativo, Secretario de Seguridad Pública

México, D.F., 30 de noviembre de 2006

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LIC. EDUARDO MEDINA MORA
SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA FEDERAL

GENERAL DE DIVISIÓN DEM
JOSÉ ARMANDO TAMAYO CASILLAS
JEFE DEL ESTADO MAYOR PRESIDENCIAL

P R E S E N T E

Me dirijo a usted en mi calidad de Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), con fundamento en los artículos 102 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 27, fracciones XII, XIII, XIV y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción XIII y 3 de su Reglamento Interior; 1, 2, 11 y 16 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; 1, 2, 3, 4, y 6 de la Ley de la Policía Federal Preventiva; 1, 2 y 3 de su Reglamento Interno; 1, 2, 3 y 12 de la Ley de Seguridad Nacional; 1, 2, 6, 15, 17, fracciones II, inciso b) y XIV; 22, fracciones I, II, V, y VI y 25 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; 1, 7, 11, 12, 13, 14, 15, 16 fracciones I y III, 17, 20, fracciones I, III, VI, y IX; 24 y 75 de su Reglamento Interno, para expresarle un conjunto de preocupaciones en relación con el cerco de seguridad establecido por la Policía Federal Preventiva (PFP) y el Estado Mayor Presidencial (EMP) en zonas aledañas al Palacio Legislativo de San Lázaro.

El cerco de vigilancia establecido en las instalaciones donde se encuentra el Palacio Legislativo se ha extendido a un perímetro de poco más de 1.5 kilómetros, a su alrededor, de tal manera que más allá del resguardo de la zona federal de San Lázaro, las vallas colocadas y los retenes instalados por la PFP y el EMP afectan de manera directa a quienes residen y transitan en esa zona de la Ciudad de México, pero sobre todo, en la Delegación Venustiano Carranza.

Aún cuando es competencia de la CDHDF conocer de quejas y denuncias por violaciones a los derechos humanos, cuando fueran imputados a servidores públicos del Distrito Federal, resulta preocupante el cerco de seguridad instalado en San Lázaro. Más aún cuando las medidas de seguridad establecidas en la zona federal, se han extendido hacia calles y avenidas de colonias aledañas.

Hago de su conocimiento que vecinas y vecinos de colonias afectadas en la Delegación Venustiano Carranza, han presentado quejas ante esta Comisión desde el 22 de noviembre de los corrientes, por la manera en que el cerco de seguridad ha afectado sus garantías individuales y el libre tránsito. Estas quejas han sido turnadas a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para su atención.

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal considera que no es con la suspensión, de facto, de las garantías individuales y el libre tránsito, como se contribuye a la vida democrática en el Distrito Federal y en México. No hay razón alguna para establecer un estado de excepción en la zona aledaña a San Lázaro.

Por todo lo anterior y con el fundamento legal antes señalado, le solicito de la manera más respetuosa, instruir a quien corresponda para que se garantice el libre tránsito de quienes residen o transitan por esa zona de la Ciudad de México.


A T E N T A M E N T E

MTRO. EMILIO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN

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