LIC. EDUARDO MEDINA MORA
SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA FEDERAL
GENERAL DE DIVISIÓN DEM
JOSÉ ARMANDO TAMAYO CASILLAS
JEFE DEL ESTADO MAYOR PRESIDENCIAL
P R E S E N T E
Me dirijo a usted en mi calidad de Presidente
de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
(CDHDF), con fundamento en los artículos 102 apartado
B de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 27, fracciones XII, XIII, XIV y XVII de
la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 2, fracción XIII y 3 de su Reglamento Interior;
1, 2, 11 y 16 de la Ley Orgánica del Ejército
y Fuerza Aérea Mexicanos; 1, 2, 3, 4, y 6 de la Ley
de la Policía Federal Preventiva; 1, 2 y 3 de su Reglamento
Interno; 1, 2, 3 y 12 de la Ley de Seguridad Nacional; 1,
2, 6, 15, 17, fracciones II, inciso b) y XIV; 22, fracciones
I, II, V, y VI y 25 de la Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal; 1, 7, 11, 12, 13, 14, 15, 16
fracciones I y III, 17, 20, fracciones I, III, VI, y IX; 24
y 75 de su Reglamento Interno, para expresarle un conjunto
de preocupaciones en relación con el cerco de seguridad
establecido por la Policía Federal Preventiva (PFP)
y el Estado Mayor Presidencial (EMP) en zonas aledañas
al Palacio Legislativo de San Lázaro.
El cerco de vigilancia establecido en las
instalaciones donde se encuentra el Palacio Legislativo se
ha extendido a un perímetro de poco más de 1.5
kilómetros, a su alrededor, de tal manera que más
allá del resguardo de la zona federal de San Lázaro,
las vallas colocadas y los retenes instalados por la PFP y
el EMP afectan de manera directa a quienes residen y transitan
en esa zona de la Ciudad de México, pero sobre todo,
en la Delegación Venustiano Carranza.
Aún cuando es competencia de la CDHDF
conocer de quejas y denuncias por violaciones a los derechos
humanos, cuando fueran imputados a servidores públicos
del Distrito Federal, resulta preocupante el cerco de seguridad
instalado en San Lázaro. Más aún cuando
las medidas de seguridad establecidas en la zona federal,
se han extendido hacia calles y avenidas de colonias aledañas.
Hago de su conocimiento que vecinas y vecinos
de colonias afectadas en la Delegación Venustiano Carranza,
han presentado quejas ante esta Comisión desde el 22
de noviembre de los corrientes, por la manera en que el cerco
de seguridad ha afectado sus garantías individuales
y el libre tránsito. Estas quejas han sido turnadas
a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para
su atención.
La Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal considera que no es con la suspensión,
de facto, de las garantías individuales y el libre
tránsito, como se contribuye a la vida democrática
en el Distrito Federal y en México. No hay razón
alguna para establecer un estado de excepción en la
zona aledaña a San Lázaro.
Por todo lo anterior y con el fundamento legal
antes señalado, le solicito de la manera más
respetuosa, instruir a quien corresponda para que se garantice
el libre tránsito de quienes residen o transitan por
esa zona de la Ciudad de México.
A T E N T A M E N T E
MTRO.
EMILIO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN