CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL
DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO EMILIO ÁLVAREZ
ICAZA LONGORIA, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DE DICHA COMISIÓN,
A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA COMISIÓN”,
Y POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, A TRAVÉS
DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADO POR
EL DOCTOR MARCOS RODRÍGUEZ DEL CASTILLO, EN SU CARÁCTER
DE VOCAL EJECUTIVO DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO FEDERAL
A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA JUNTA”,
AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
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Convenio
de Colaboración
CDHDF-IFE para difundir la cultura de respeto a los Derechos
Humanos. |
Entrevista
al maestro Emilio Álvarez Icaza, en la firma del convenio
de
colaboración CDHDF-IFE. |
Mensaje
del
maestro Emilio
Álvarez Icaza en la firma del convenio de colaboración
CDHDF-IFE. |
Galería
de fotos: Firma del convenio de colaboración CDHDF-IFE. |
Convenios
firmados por la CDHDF. |
|
1.- DE “LA COMISIÓN”
1.1.-
Que de conformidad con el artículo 2° y 6 de la Ley
de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, así
como los artículos 1 y 5 de su Reglamento Interno es un organismo
público con personalidad jurídica y patrimonios propios
y autonomía de tipo funcional y presupuestal.
1.2.-
Que de conformidad con los preceptos anteriores tiene por objeto
la protección, defensa, vigilancia, promoción, educación
y difusión de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico
mexicano y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.
1.3.-
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 22, fracción
I de su Ley la representación legal de “La Comisión”
recae en su Presidente el Maestro Emilio Álvarez Icaza Longoria.
1.4.- Que
su Presidente de conformidad con lo dispuesto en los artículos
17, fracciones VII y IX; 22, fracciones I, IV, V, VIII; y 66, fracción
I de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal,
así como los artículos 19 y 20, fracción VII de
su Reglamento Interno, se encuentra facultado para celebrar el presente
Convenio.
1.5.-
Que para los efectos del presente convenio señala como su domicilio
el ubicado en Avenida Chapultepec número 49, colonia Centro Histórico,
Delegación Cuautémoc, código postal 06040 en México,
Distrito Federal.
2.- DE “LA JUNTA”
2.1.- Que
de conformidad con los artículos 41, párrafo segundo,
fracción III de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 68 y 70, párrafo uno del Código
Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto
Federal Electoral es un organismo público autónomo, de
carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento,
con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de
la autoridad electoral y responsable del ejercicio de la función
estatal de organizar las elecciones federales para la renovación
periódica y pacífica de los integrantes de los poderes
Ejecutivo y Legislativo de la Unión, función que se rige
por los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad
y objetividad.
2.2-
Que de acuerdo con el artículo 41, párrafo segundo, fracción
III, párrafo octavo constitucional, el Organismo Electoral Federal
tiene a su cargo en forma integral y directa las actividades relativas
a la educación cívica.
2.3-
Que para el desempeño de estas funciones, en términos
de lo dispuesto por el artículo 2 del Código de la materia,
las autoridades electorales contarán con el apoyo de las autoridades
federales, estatales y municipales.
2.4-
Que el artículo 69, párrafo uno, incisos a), d), f) y
g) del Código Electoral Federal, determina que el propio Instituto
tiene entre sus fines contribuir al desarrollo de la vida democrática,
asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales,
velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, llevar a cabo
la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la
cultura democrática.
2.5-
Que para el logro de lo señalado, la Dirección Ejecutiva
de Capacitación Electoral y Educación Cívica tiene
la atribución de elaborar, proponer y ejecutar los programas
de educación cívica, conforme lo dispone el artículo
96, párrafo uno, inciso a) del Código de la materia.
2.6-
Que con base en lo anterior, el Instituto a través de la Dirección
Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica,
diseño los programas de:1.- Jornadas Cívicas para niños,
jóvenes y adultos; 2.- Derechos y valores para la niñez
mexicana; 3.- Taller de cultura política para estudiantes de
bachillerato y vocacional; 4.- Taller de formación ciudadana
para adultos; 5.- Sistema Político Electoral en México;
6.- “Nosotros los jóvenes…Proyecto Ciudadano”;
7.- “Eslabones de la democracia”; cuyo objetivo principal
es el desarrollo, fortalecimiento y arraigo de los valores de la cultura
democrática: diálogo, participación, tolerancia,
pluralismo, libertad, legalidad y respeto, entre otros.
2.7- Que
asimismo, la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral
y Educación Cívica, ha elaborado materiales didácticos
para la aplicación de los programas referidos, tales como: carteles,
juegos didácticos, revistas, folletos, trípticos y manuales.
2.8-
Que las actividades que se realizan en los citados programas son de
tipo grupal, vivencial, lúdico y reflexivo, en donde se utilizan
entre otros mecanismos: juegos didácticos y escénicos,
lectura comentada, periódico mural, debate, dibujos, simulacros
electorales y talleres.
2.9- Que
el día 30 de abril del año 2004, el Consejo General del
Instituto Federal Electoral aprobó en Acuerdo por el que se extiende
el periodo de instrumentación del “Plan Trianual de Educación
Cívica 2001-2003”, durante 2004 y se establece el plazo
para la presentación del Programa Estratégico de Educación
Cívica a desarrollarse en el periodo 2005/2010.
2.10-
Que el Doctor Marcos Rodríguez del Castillo, en su carácter
de Vocal Ejecutivo de “LA JUNTA” cuenta
con las facultades legales necesarias para la celebración del
presente convenio, de conformidad con el testimonio de la escritura
pública que contiene el poder notarial número 68,781 de
fecha 25 de octubre de 1999, otorgado ante la fe del Lic. Cecilio González
Márquez, Notario Público número 151 del Distrito
Federal, así como para ejecutar los programas de capacitación
electoral y educación cívica, en términos de lo
dispuesto por el artículo 101, párrafo uno, inciso h)
del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
2.11- Que
para los efectos legales derivados de este instrumento jurídico,
señala como su domicilio el ubicado en la calle de Nuevo León
número 202. Colonia Hipódromo Condesa, Código Postal
08100, Delegación Cuautémoc, en el Distrito Federal.
3.- DE “LAS PARTES”
3.1
Que ambas partes declaran estar legalmente constituidas, reconociendo
la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la celebración
del presente convenio de colaboración.
3.2 Que
es su voluntad celebrar el presente convenio y que es su propósito
establecer vínculos de colaboración a fin de realizar
acciones y actividades que promuevan y difundan la cultura de respeto
a los derechos humanos así como la educación cívica
y la cultura democrática en el Distrito Federal.
3.3 Que
están en la mejor disposición de apoyarse entre sí
para lograr el objeto del presente instrumento jurídico.
3.4
Que el presente convenio es producto de la buena fe, por lo que toda
controversia e interpretación que se derive del mismo respecto
a su operación, formalización y cumplimiento será
resuelto de común acuerdo por las partes.
3.5
Que es su deseo celebrar el presente documento, en los términos
que se establecen en el mismo, sujetándose a los compromisos
y condiciones establecidas en las siguientes:
C L Á U S U L A
S
PRIMERA.-
El objeto del presente convenio se inscribe en el objetivo compartido
de ambas partes de contribuir en el desarrollo de actividades conjuntas
tendientes a ampliar la difusión de una cultura de respeto a los
derechos humanos así como la educación cívica y la
cultura democrática en el Distrito Federal.
SEGUNDA.-Responsables
de la verificación y desarrollo del programa de trabajo objeto
de este convenio. “LA COMISIÓN” nombra
a la maestra Josefina Ceballos Godefroy, quien se compromete conforme
a sus atribuciones como Directora General de Educación y Promoción
de los Derechos Humanos a coordinar las actividades y seguimiento del
presente convenio. Por su parte “LA JUNTA”
nombra al Ingeniero Juan Ignacio Sordo Narejo, Vocal Ejecutivo de la 12
Junta Distrital Ejecutiva en el Distrito Federal, quien se compromete
a participar en la coordinación y seguimiento del presente convenio.
TERCERA.- Para la realización
del objeto del presente instrumento, “LAS PARTES”
convienen en formular un programa de colaboración interinstitucional
y de cooperación técnica, que será coordinado directamente
por los titulares de “LA COMISIÓN”
Y “LA JUNTA”. Entre las acciones específicas
que habrán de efectuarse se encuentran las siguientes:
A) Formación Académica:
Realizar actividades conjuntas de educación a través de
la participación como organizadores de cursos de capacitación,
talleres, conferencias, mesas redondas y/o foros de análisis
dirigidos a población infantil, juvenil y adulta, con el fin
de sensibilizarlos con relación a la importancia de la cultura
de respeto a los derechos humanos la educación cívica
y cultura democrática, expidiendo constancias a quienes cursen
alguno de los programas impartidos por las partes, en los casos que
así lo ameriten.
B) Asistencia Técnica:
Brindarse asistencia técnica y documental en el proceso de diseño,
formulación, desarrollo y evaluación de los distintos
cursos académicos relacionados con la cultura de respeto a los
derechos humanos la educación cívica y la cultura democrática.
C) Difusión:
Coadyuvar en la reproducción del material didáctico para
los eventos académicos que sean organizados por las partes.
D) Promoción:
Realizar actividades conjuntas para la promoción y difusión
de la cultura de respeto a los derechos humanos la educación
cívica y la cultura democrática, impulsando la distribución
de los materiales didácticos necesarios para llevar a cabo las
actividades de capacitación. Autorizar la utilización
del logotipo de “LA JUNTA” y “LA
COMISIÓN”, única y exclusivamente para
la convocatoria, reconocimientos y fines de promoción. Dichos
logotipos deberán ser utilizados, según los parámetros
de imagen y dimensiones oficiales establecidas por cada institución
E) Participar en la inauguración
y clausura de las actividades.
F) Otorgar el reconocimiento a los participantes,
mediante la firma del documento correspondiente que será signado
por “LA COMISIÓN” y “LA
JUNTA”.
G) Intercambio: Establecer
intercambio permanente de documentación e información
con objeto de enriquecer el acervo de las bibliotecas y centros de documentación
respectivos.
CUARTA.-
“LAS PARTES” convienen que el límite
de este intercambio y apoyo mutuos será normado por la capacidad
administrativa, económica y científica de ambas instituciones
QUINTA.-Ambas
partes convienen en que el personal designado por cada institución
para la realización del objeto del presente instrumento jurídico,
se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó;
por ende, cada una de las partes asumirá su responsabilidad por
este concepto, y en ningún caso serán consideradas como
patrones solidarios o sustitutos.
SEXTA.-
Acuerdan las partes que la propiedad intelectual derivada de los trabajos
realizados con motivo de este convenio, estará sujeta a las disposiciones
legales aplicables en los Estados Unidos Mexicanos, otorgando el reconocimiento
correspondiente a quienes hayan intervenido en ejecución de los
mismos.
SÉPTIMA.-
El presente convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad
de las partes y tales modificaciones obligarán a los signantes
a cumplirlas a partir de la fecha de su firma en el entendido de que éstas
tendrán como único fin perfeccionar y coadyuvar en el cumplimiento
de su objeto
OCTAVA.-
Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad
civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse recíprocamente,
como consecuencia por casos fortuitos o causas de fuerza mayor, en especial
los que provoquen la suspensión de los trabajos que se realicen
con motivo del cumplimiento del presente documento, por lo que de ser
posible, una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción,
se procederá a reanudar las tareas pactadas en las condiciones
convenidas.
NOVENA.-
“LAS PARTES” convienen utilizar en forma
adecuada los materiales didácticos y el equipo de apoyo técnico
proporcionado por las mismas, por lo que en caso de que sufrieran algún
daño durante el desarrollo de las actividades, se comprometen a
realizar su reparación o reposición, según convenga.
DÉCIMA.-
El presente convenio entrará en vigor a partir del momento de su
firma, tendrá una duración de un año y se renovará
automáticamente por periodos iguales, a menos de que alguna de
“LAS PARTES”, comunique por escrito a la
otra parte con treinta días de anticipación a la fecha en
que se pretenda darlo por concluido. Sin menoscabo de lo anterior, el
convenio se dará por terminado cuando, después de un año,
sea evidente que los compromisos y actividades pactadas en el mismo, carezcan
de cumplimiento efectivo.
Enteradas las partes del contenido y alcance
legal del presente instrumento jurídico, lo firman por cuadruplicado,
en la Ciudad de México, Distrito Federal a los ocho días
del mes de septiembre del año dos mil cuatro.
POR “LA COMISIÓN" |
POR "LA JUNTA" |
| |
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C. MAESTRO EMILIO
ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
DEL DISTRITO FEDERAL. |
DR.
MARCOS RODRÍGUEZ DEL CASTILLO
VOCAL EJECUTIVO DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO FEDERAL. |
|
TESTIGOS
|
| POR “LA
COMISIÓN” |
POR “LA
JUNTA” |
MTRA.
JOSEFINA CEBALLOS GODEFROY
DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS
DERECHOS HUMANOS.
|
LIC.
OLIVERIO JUÁREZ GONZÁLEZ
VOCAL DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA
DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO FEDERAL. |
| TESTIGO DE
HONOR |
| MTRO. ANDRÉS
ALBO MÁRQUEZ
CONSEJERO ELECTORAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL
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