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Convenio Instituto Federal Electoral IFE y CDHDF

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO EMILIO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DE DICHA COMISIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA COMISIÓN”, Y POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, A TRAVÉS DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADO POR EL DOCTOR MARCOS RODRÍGUEZ DEL CASTILLO, EN SU CARÁCTER DE VOCAL EJECUTIVO DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO FEDERAL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA JUNTA”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

BoletínConvenio de Colaboración
CDHDF-IFE para difundir la cultura de respeto a los Derechos Humanos.
EntrevistaEntrevista al maestro Emilio Álvarez Icaza, en la firma del convenio de
colaboración CDHDF-IFE.
DiscursoMensaje del
maestro Emilio
Álvarez Icaza en la firma del convenio de colaboración CDHDF-IFE.
GaleríaGalería de fotos: Firma del convenio de colaboración CDHDF-IFE.
ConveniosConvenios firmados por la CDHDF.

1.- DE “LA COMISIÓN”

1.1.- Que de conformidad con el artículo 2° y 6 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como los artículos 1 y 5 de su Reglamento Interno es un organismo público con personalidad jurídica y patrimonios propios y autonomía de tipo funcional y presupuestal.

1.2.- Que de conformidad con los preceptos anteriores tiene por objeto la protección, defensa, vigilancia, promoción, educación y difusión de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

1.3.- Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 22, fracción I de su Ley la representación legal de “La Comisión” recae en su Presidente el Maestro Emilio Álvarez Icaza Longoria.

1.4.- Que su Presidente de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, fracciones VII y IX; 22, fracciones I, IV, V, VIII; y 66, fracción I de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como los artículos 19 y 20, fracción VII de su Reglamento Interno, se encuentra facultado para celebrar el presente Convenio.

1.5.- Que para los efectos del presente convenio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Chapultepec número 49, colonia Centro Histórico, Delegación Cuautémoc, código postal 06040 en México, Distrito Federal.

2.- DE “LA JUNTA”

2.1.- Que de conformidad con los artículos 41, párrafo segundo, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 70, párrafo uno del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral y responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones federales para la renovación periódica y pacífica de los integrantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión, función que se rige por los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

2.2- Que de acuerdo con el artículo 41, párrafo segundo, fracción III, párrafo octavo constitucional, el Organismo Electoral Federal tiene a su cargo en forma integral y directa las actividades relativas a la educación cívica.

2.3- Que para el desempeño de estas funciones, en términos de lo dispuesto por el artículo 2 del Código de la materia, las autoridades electorales contarán con el apoyo de las autoridades federales, estatales y municipales.

2.4- Que el artículo 69, párrafo uno, incisos a), d), f) y g) del Código Electoral Federal, determina que el propio Instituto tiene entre sus fines contribuir al desarrollo de la vida democrática, asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la cultura democrática.

2.5- Que para el logro de lo señalado, la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica tiene la atribución de elaborar, proponer y ejecutar los programas de educación cívica, conforme lo dispone el artículo 96, párrafo uno, inciso a) del Código de la materia.

2.6- Que con base en lo anterior, el Instituto a través de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, diseño los programas de:1.- Jornadas Cívicas para niños, jóvenes y adultos; 2.- Derechos y valores para la niñez mexicana; 3.- Taller de cultura política para estudiantes de bachillerato y vocacional; 4.- Taller de formación ciudadana para adultos; 5.- Sistema Político Electoral en México; 6.- “Nosotros los jóvenes…Proyecto Ciudadano”; 7.- “Eslabones de la democracia”; cuyo objetivo principal es el desarrollo, fortalecimiento y arraigo de los valores de la cultura democrática: diálogo, participación, tolerancia, pluralismo, libertad, legalidad y respeto, entre otros.

2.7- Que asimismo, la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, ha elaborado materiales didácticos para la aplicación de los programas referidos, tales como: carteles, juegos didácticos, revistas, folletos, trípticos y manuales.

2.8- Que las actividades que se realizan en los citados programas son de tipo grupal, vivencial, lúdico y reflexivo, en donde se utilizan entre otros mecanismos: juegos didácticos y escénicos, lectura comentada, periódico mural, debate, dibujos, simulacros electorales y talleres.

2.9- Que el día 30 de abril del año 2004, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó en Acuerdo por el que se extiende el periodo de instrumentación del “Plan Trianual de Educación Cívica 2001-2003”, durante 2004 y se establece el plazo para la presentación del Programa Estratégico de Educación Cívica a desarrollarse en el periodo 2005/2010.

2.10- Que el Doctor Marcos Rodríguez del Castillo, en su carácter de Vocal Ejecutivo de “LA JUNTA” cuenta con las facultades legales necesarias para la celebración del presente convenio, de conformidad con el testimonio de la escritura pública que contiene el poder notarial número 68,781 de fecha 25 de octubre de 1999, otorgado ante la fe del Lic. Cecilio González Márquez, Notario Público número 151 del Distrito Federal, así como para ejecutar los programas de capacitación electoral y educación cívica, en términos de lo dispuesto por el artículo 101, párrafo uno, inciso h) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

2.11- Que para los efectos legales derivados de este instrumento jurídico, señala como su domicilio el ubicado en la calle de Nuevo León número 202. Colonia Hipódromo Condesa, Código Postal 08100, Delegación Cuautémoc, en el Distrito Federal.

3.- DE “LAS PARTES”

3.1 Que ambas partes declaran estar legalmente constituidas, reconociendo la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la celebración del presente convenio de colaboración.

3.2 Que es su voluntad celebrar el presente convenio y que es su propósito establecer vínculos de colaboración a fin de realizar acciones y actividades que promuevan y difundan la cultura de respeto a los derechos humanos así como la educación cívica y la cultura democrática en el Distrito Federal.

3.3 Que están en la mejor disposición de apoyarse entre sí para lograr el objeto del presente instrumento jurídico.

3.4 Que el presente convenio es producto de la buena fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo respecto a su operación, formalización y cumplimiento será resuelto de común acuerdo por las partes.

3.5 Que es su deseo celebrar el presente documento, en los términos que se establecen en el mismo, sujetándose a los compromisos y condiciones establecidas en las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- El objeto del presente convenio se inscribe en el objetivo compartido de ambas partes de contribuir en el desarrollo de actividades conjuntas tendientes a ampliar la difusión de una cultura de respeto a los derechos humanos así como la educación cívica y la cultura democrática en el Distrito Federal.

SEGUNDA.-Responsables de la verificación y desarrollo del programa de trabajo objeto de este convenio. “LA COMISIÓN” nombra a la maestra Josefina Ceballos Godefroy, quien se compromete conforme a sus atribuciones como Directora General de Educación y Promoción de los Derechos Humanos a coordinar las actividades y seguimiento del presente convenio. Por su parte “LA JUNTA” nombra al Ingeniero Juan Ignacio Sordo Narejo, Vocal Ejecutivo de la 12 Junta Distrital Ejecutiva en el Distrito Federal, quien se compromete a participar en la coordinación y seguimiento del presente convenio.

TERCERA.- Para la realización del objeto del presente instrumento, “LAS PARTES” convienen en formular un programa de colaboración interinstitucional y de cooperación técnica, que será coordinado directamente por los titulares de “LA COMISIÓN” Y “LA JUNTA”. Entre las acciones específicas que habrán de efectuarse se encuentran las siguientes:

A) Formación Académica: Realizar actividades conjuntas de educación a través de la participación como organizadores de cursos de capacitación, talleres, conferencias, mesas redondas y/o foros de análisis dirigidos a población infantil, juvenil y adulta, con el fin de sensibilizarlos con relación a la importancia de la cultura de respeto a los derechos humanos la educación cívica y cultura democrática, expidiendo constancias a quienes cursen alguno de los programas impartidos por las partes, en los casos que así lo ameriten.

B) Asistencia Técnica: Brindarse asistencia técnica y documental en el proceso de diseño, formulación, desarrollo y evaluación de los distintos cursos académicos relacionados con la cultura de respeto a los derechos humanos la educación cívica y la cultura democrática.

C) Difusión: Coadyuvar en la reproducción del material didáctico para los eventos académicos que sean organizados por las partes.

D) Promoción: Realizar actividades conjuntas para la promoción y difusión de la cultura de respeto a los derechos humanos la educación cívica y la cultura democrática, impulsando la distribución de los materiales didácticos necesarios para llevar a cabo las actividades de capacitación. Autorizar la utilización del logotipo de “LA JUNTA” y “LA COMISIÓN”, única y exclusivamente para la convocatoria, reconocimientos y fines de promoción. Dichos logotipos deberán ser utilizados, según los parámetros de imagen y dimensiones oficiales establecidas por cada institución

E) Participar en la inauguración y clausura de las actividades.

F) Otorgar el reconocimiento a los participantes, mediante la firma del documento correspondiente que será signado por “LA COMISIÓN” y “LA JUNTA”.

G) Intercambio: Establecer intercambio permanente de documentación e información con objeto de enriquecer el acervo de las bibliotecas y centros de documentación respectivos.

CUARTA.- “LAS PARTES” convienen que el límite de este intercambio y apoyo mutuos será normado por la capacidad administrativa, económica y científica de ambas instituciones

QUINTA.-Ambas partes convienen en que el personal designado por cada institución para la realización del objeto del presente instrumento jurídico, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de las partes asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos.

SEXTA.- Acuerdan las partes que la propiedad intelectual derivada de los trabajos realizados con motivo de este convenio, estará sujeta a las disposiciones legales aplicables en los Estados Unidos Mexicanos, otorgando el reconocimiento correspondiente a quienes hayan intervenido en ejecución de los mismos.

SÉPTIMA.- El presente convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las partes y tales modificaciones obligarán a los signantes a cumplirlas a partir de la fecha de su firma en el entendido de que éstas tendrán como único fin perfeccionar y coadyuvar en el cumplimiento de su objeto

OCTAVA.- Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse recíprocamente, como consecuencia por casos fortuitos o causas de fuerza mayor, en especial los que provoquen la suspensión de los trabajos que se realicen con motivo del cumplimiento del presente documento, por lo que de ser posible, una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción, se procederá a reanudar las tareas pactadas en las condiciones convenidas.

NOVENA.- “LAS PARTES” convienen utilizar en forma adecuada los materiales didácticos y el equipo de apoyo técnico proporcionado por las mismas, por lo que en caso de que sufrieran algún daño durante el desarrollo de las actividades, se comprometen a realizar su reparación o reposición, según convenga.

DÉCIMA.- El presente convenio entrará en vigor a partir del momento de su firma, tendrá una duración de un año y se renovará automáticamente por periodos iguales, a menos de que alguna de “LAS PARTES”, comunique por escrito a la otra parte con treinta días de anticipación a la fecha en que se pretenda darlo por concluido. Sin menoscabo de lo anterior, el convenio se dará por terminado cuando, después de un año, sea evidente que los compromisos y actividades pactadas en el mismo, carezcan de cumplimiento efectivo.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente instrumento jurídico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

POR “LA COMISIÓN"
POR "LA JUNTA"
C. MAESTRO EMILIO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL.
DR. MARCOS RODRÍGUEZ DEL CASTILLO
VOCAL EJECUTIVO DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO FEDERAL.
TESTIGOS
POR “LA COMISIÓN”
POR “LA JUNTA”
MTRA. JOSEFINA CEBALLOS GODEFROY
DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.

LIC. OLIVERIO JUÁREZ GONZÁLEZ
VOCAL DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO FEDERAL.

TESTIGO DE HONOR

MTRO. ANDRÉS ALBO MÁRQUEZ
CONSEJERO ELECTORAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL
 
  Micrositio del Informe Anual 2009
 
 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
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