CONVENIO: ACUERDO ESPECÍFICO
DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL CENTRO POR LA
JUSTICIA Y EL DERECHO INTERNACIONAL, EN LO SUCESIVO “CEJIL”,
REPRESENTADO POR SU DIRECTORA EJECUTIVA, SRA. VIVIANA KRISTICEVIC; Y
POR LA OTRA, LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL,
EN LO SUCESIVO “LA CDHDF”, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE,
SR. EMILIO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA
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Firma
del Acuerdo Específico de Colaboración Interinstitucional
entre el Centro de Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
y la CDHDF. |
Convenio
de colaboración CDHDF-UNICEF para promover acciones
educativas a favor de la niñez. |
La
CDHDF y la Delegación
Iztapalapa firman convenio. |
Transcripción
de la entrevista al maestro Emilio Álvarez Icaza después
de la firma
de convenio. |
Convenios
firmados por la CDHDF. |
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DECLARACIONES:
I. LAS PARTES DECLARAN:
1. Que
en fecha 20 de septiembre de 2003 firmaron voluntariamente un Convenio
Marco de Colaboración Institucional, de conformidad con sus respectivos
ordenamientos legales;
2.
Que, de conformidad con su CLÁUSULA PRIMERA, el citado “Convenio
tiene por objeto establecer vínculos institucionales de colaboración
entre las PARTES, con el fin de desarrollar y promover acciones educativas
para fortalecer y difundir la cultura de derechos humanos, al interior
de “LA CDHDF” y entre la población en general del
Distrito Federal, considerando que la defensa y protección de
los derechos humanos y demás derechos e intereses de las personas,
contribuye a la estabilidad política, social, económica
y jurídica de las instituciones democráticas nacionales”;
3.
Que en la CLÁUSULA TERCERA del Convenio referido, han acordado
formular un programa de colaboración interinstitucional y de
colaboración técnica, mediante la realización de
acciones específicas, entre las que se encuentra la prestación
de asistencia técnica por parte de “CEJIL” a “LA
CDHDF” “en el proceso de consolidación y fortalecimiento
institucional para la implementación y desarrollo del Servicio
Profesional en Derechos Humanos”;
4.
Que de conformidad con la cláusula SÉPTIMA, “LAS
PARTES” han convenido materializar su programa de colaboración
interinstitucional y de cooperación técnica, mediante
Acuerdos Específicos de Colaboración que describan las
tareas a desarrollar, así como los derechos y obligaciones adicionales
para cada parte;
5.
Que es su deseo materializar los compromisos asumidos en el Convenio
Marco en lo concerniente a la Asistencia Técnica para el desarrollo
y puesta en marcha del Servicio Profesional en Derechos Humanos en “LA
CDHDF”, y conforme a las declaraciones anteriores, se comprometen
voluntariamente al tenor de las siguientes
C L Á U S U L A
S
PRIMERA.-El
presente Acuerdo de Colaboración tiene por objeto establecer las
bases para la prestación de asistencia técnica de CEJIL
a la CDHDF para las actividades académicas derivadas del Servicio
Profesional en Derechos Humanos.
SEGUNDA.-“LAS
PARTES” convienen en designar a un funcionario de cada institución,
los cuales se encargarán de materializar en acciones concretas
el contenido del presente acuerdo, así como de evaluar su funcionamiento
y dirimir las controversias que pudieren suscitarse con motivo de su ejecución.
En el caso de la CDHDF, dicho funcionario será el titular de la
Coordinación de Investigación y Desarrollo Institucional.
Para CEJIL, será la directora de CEJIL Mesoamérica.
TERCERA.-: “LAS PARTES”
convienen en trabajar en las siguientes actividades:
a) Revisión del programa de capacitación
y formación en derechos humanos de la CDHDF y sus planes de estudio,
sobre la base de la experiencia de CEJIL en materia de formación
en la promoción y protección de los derechos humanos.
b) Participación de funcionarios
de CEJIL como parte del cuerpo académico del Programa de Formación
y Capacitación del Servicio Profesional de Derechos Humanos para
impartir los diversos cursos que en el marco del Programa de Formación
en Derechos Humanos decidan ambas instituciones.
c) Ofrecer pasantías para el
personal profesional de la CDHDF para favorecer la formación
práctica en materia de defensa y promoción de los derechos
humanos en el marco del Servicio Profesional en Derechos Humanos.
CUARTA.-La
CDHDF elaborará los documentos de trabajo necesarios, sobre la
base de consultas realizadas con los expertos designados por “CEJIL”.
Dichas consultas se realizarán vía escrita o telefónica.
Asimismo, “LAS PARTES” podrán celebrar reuniones de
trabajo periódicas, en alguna de las sedes, con miras a evaluar
los avances alcanzados y definir las acciones a seguir
QUINTA.-El
presente Acuerdo entrará en vigor a partir del momento de su firma,
tendrá una duración de un año, al cabo del cual su
contenido será revisado por “LAS PARTES”, las cuales
decidirán su renovación por un período idéntico
de tiempo, su modificación o bien su denuncia.
SEXTA.-“LAS
PARTES” acuerdan que el presente convenio es producto de la buena
fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive
del mismo respecto a su operación, formalización y cumplimiento
será resuelto de común acuerdo.
LEÍDO EL PRESENTE ACUERDO Y ESTANDO
LAS PARTES CONFORMES CON EL CONTENIDO Y ALCANCE DE TODAS SUS CLÁUSULAS,
LO FIRMAN POR DUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA 20
DE JULIO 2004.
POR LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
DEL DISTRITO FEDERAL |
POR EL CENTRO POR LA JUSTICIA Y EL DERECHO
INTERNACIONAL |
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MTRO. EMILIO
ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA
PRESIDENTE |
SRA. VIVIANA
KRISTICEVIC
DIRECTORA EJECUTIVA |
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