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Convenio Delegación Iztapalapa

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE, MAESTRO EMILIO ALVAREZ ICAZA LONGORIA, A QUIEN EN LO SUBSECUENTE SE DENOMINARÁ “LA COMISIÓN” Y POR LA OTRA LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN IZTAPALAPA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LICENCIADO RENÉ ARCE ISLAS, EN SU CARÁCTER DE JEFE DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA DELEGACIÓN”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF)La CDHDF y la Delegación
Iztapalapa firman
El Defensor del PuebloTranscripción de la entrevista al maestro Emilio Álvarez Icaza después de la firma
de convenio.
La Atención a la Persona es DirectaConvenios firmados por la CDHDF.

D E C L A R A C I O N E S:

I.- DECLARA LA COMISIÓN:

I.1 Que es un Organismo Público Autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico mexicano, y en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, así como el combatir toda forma de discriminación y exclusión a consecuencia de un acto de autoridad a cualquier persona o grupo social, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2 y 3 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, 4, 5, y 11 de su Reglamento Interior.

I.2 Que su Presidente, Maestro Emilio Álvarez Icaza Longoria, fue designado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, conforme al procedimiento previsto por el artículo 9 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, y que cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio, en términos de lo dispuesto por el artículo 22, fracciones IV y VIII, del referido ordenamiento legal.

I.3 Que entre las facultades que tiene conferidas se encuentran, impulsar la observancia de los derechos humanos en el Distrito Federal; promover el estudio, la enseñanza y la divulgación de los derechos humanos en su ámbito territorial; promover y fortalecer las relaciones con organismos públicos, en la materia de su competencia; y celebrar convenios de colaboración con autoridades, para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17, fracciones V, VII, 22, fracciones IV y VIII de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

I.4 Que para los efectos del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en Avenida Chapultepec, número 49, Colonia Centro, C.P. 06040, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.

II.- DECLARA LA DELEGACIÓN:

II.1 Que es un órgano político administrativo de la administración pública del Distrito Federal, de conformidad con los artículos 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 8 fracción II, 87, 104, 105, 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3, 5, 10 fracción IX, 11, 36, 37, 38 Y 39 fracción XLV de la ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción III, 8, 120, 121, 122, 123 y 124 fracción XX, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

II.2 Que su titular, Licenciado René Arce Islas, fue electo en forma universal, libre, secreta y directa, en los términos previstos por el artículo 105 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y el Código Electoral del Distrito Federal, tal como lo acredita con la constancia de mayoría expedida en su favor por el Instituto Electoral del Distrito Federal; y que cuenta con facultades para suscribir el presente convenio, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 39, fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

II.3 Que entre las funciones que tiene conferidas, se encuentra establecer e incrementar las relaciones de colaboración con organizaciones e instituciones cuyas finalidades sean de interés para la comunidad, velar por el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas, promover los valores de la persona y de la sociedad y suscribir los convenios relativos al ejercicio de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 39, fracciones VIII, XLIII, XLIV y XLV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

II.4 Que el C. Lic. Ricardo Evia Ramírez fue designado Director Jurídico por el C. Jefe Delegacional en Iztapalapa, Lic. René Arce Islas.

II.5 Que para los efectos del presente instrumento, señala como su domicilio, el ubicado en Aldama número 63, esquina Ayuntamiento, Colonia Barrio San Lucas, Código Postal 09000, Delegación Iztapalapa.

III. AMBAS PARTES DECLARAN:

III.1 Que ambas partes se reconocen la personalidad con la que se ostentan y en tal situación están de acuerdo en celebrar el presente convenio en los términos y condiciones que estipulan las siguientes cláusulas:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.-El presente convenio tiene por objeto fomentar la colaboración y la coordinación de acciones entre “La Comisión” y “La Delegación”, con el propósito de impulsar la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión, de los derechos humanos, establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, así como combatir toda clase de discriminación y exclusión, consecuencia de un acto de autoridad a cualquier persona o grupo social, en beneficio de la sociedad en general y en particular, de los habitantes de Iztapalapa y zona oriente del Distrito Federal.

SEGUNDA.-Para el cumplimiento de los fines propuestos en el presente instrumento, las partes están de acuerdo en designar representantes, responsables de ejercer los derechos y cumplir con las obligaciones que deriven de este convenio, así como de sostener una comunicación permanente y coordinar acciones entre sí, confiriéndose tal encargo por parte de “La Comisión” al Licenciado Jaime Calderón Gómez, Director General de Quejas y Orientación, y por parte de “La Delegación” al C. Licenciado Ricardo Evia Ramírez, Director Jurídico.

TERCERA.-“La Comisión” para el cumplimiento de su función, instalará una oficina de información, atención y orientación, la cual se ubicará en el inmueble señalado con el número 6 de las calles de Cuauhtémoc, Colonia Barrio San Lucas, Delegación Iztapalapa de esta Ciudad, cuyas características se describen en el anexo técnico del presente instrumento. Lo anterior, con el objeto de cumplir con los objetivos y fines descritos en las declaraciones I.3, II.3 y cláusula Primera de este instrumento, quedando a cargo de “La Comisión” los gastos inherentes al pago del arrendamiento, así como los servicios telefónico, de luz, agua, y del mismo modo el mantenimiento necesario para conservar en condiciones óptimas de operación el inmueble, proporcionando por su parte “La Delegación” el servicio de vigilancia de las instalaciones destinadas para uso de “La Comisión”.

CUARTA.-“La Delegación” se compromete, dentro del ámbito de sus atribuciones y con apego a los planes y programas delegacionales aprobados, a coadyuvar con “La Comisión”, en la difusión y promoción de la defensa de los derechos humanos, para lo cual instrumentará, en coordinación estrecha con “La Comisión”, diversas campañas tendientes a difundir tanto los derechos humanos, como los instrumentos para su defensa entre la población iztapalapense; para lo cual se podrá realizar, de manera conjunta por ambas partes, volantes, trípticos o folletería sobre el tema, cursos de difusión y capacitación; así como también campañas especiales de difusión de los derechos humanos, para los grupos vulnerables que habitan dentro de la demarcación, tales como, los menores de edad, las personas de la tercera edad, las madres solteras y grupos discapacitados. Los cursos se impartirán por personal especializado que para esos efectos designe “La Comisión”. Del mismo modo, a la firma del presente Convenio de Colaboración, “La Delegación” se compromete a proporcionar en comodato a favor de “La Comisión” la estructura destinada como soporte de anuncio espectacular, ubicada en la Esquina de Calzada Ermita Iztapalapa y Calle Cuauhtémoc, Barrio San Lucas de esta Demarcación, a fin de que sea utilizado para difundir la identificación, ubicación y servicios que presta “La Comisión”, mismo que será devuelto a “La Delegación” al concluir la vigencia del presente convenio.

QUINTA.-“La Delegación” en ejercicio de sus atribuciones, turnará a “La Comisión” las peticiones que le formulen los particulares, referentes a los asuntos de su competencia, apegándose a los términos y empleando los medios que para tales efectos sean establecidos por la propia Comisión, la cual se compromete a recibir y atender, conforme a sus atribuciones, a todos los particulares que en lo individual o en lo colectivo le remita “La Delegación”

SEXTA.-Las partes acuerdan colaborar activamente, dentro del ámbito de sus atribuciones, en cualquier otra actividad tendiente a promover, difundir y defender los derechos humanos de las personas que habitan en Iztapalapa y zona oriente del Distrito Federal.

SÉPTIMA.-“La Comisión” y “La Delegación”, acuerdan asumir respectivamente las obligaciones de cualquier tipo, así como ser independientes en sus relaciones laborales con respecto del personal que designen para el cumplimiento de las acciones derivadas de este convenio, por lo cual cada parte mantendrá en forma exclusiva la responsabilidad laboral sobre su personal, sin que pueda transferirse dicha obligación.

OCTAVA.-Las partes acuerdan que el presente instrumento no podrá ser modificado, salvo que exista pacto expreso por escrito entre ambas.

NOVENA.-Las partes convienen en que la vigencia del presente instrumento inicie en la fecha de sus suscripción y concluya el 30 de septiembre de 2003, fecha en la cual terminan las funciones de la actual administración, con la posibilidad de que “La Comisión” solicite su prórroga ante las autoridades que en ese momento asuman la representación de “La Delegación”.

DÉCIMA.-Ambas partes celebran el presente convenio en el marco de sus facultades, atribuciones y funciones, y se comprometen a cumplirlo en sus términos, en beneficio de los habitantes de Iztapalapa.

DÉCIMA PRIMERA.-Las partes manifiestan que celebran el presente convenio de buena fe. Asimismo, acuerdan que en caso de surgir controversia sobre la interpretación o aplicación de este instrumento, será resuelta en amigable composición.

Leído que fue por las partes el presente instrumento, lo firman el diez de marzo de dos mil tres, en Iztapalapa, Distrito Federal.

POR LA COMISIÓN

MTRO. EMILIO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA
PRESIDENTE



POR LA DELEGACIÓN

LIC. RENÉ ARCE ISLAS
JEFE DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA

 
  Micrositio del Informe Anual 2009
 
 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
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